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El Ayuntamiento de Bermeo apoya al comercio, la hostelería y otros servicios locales con 100.000 euros para paliar los efectos del estado de alarma

-Esta línea de ayudas se enmarca en las acciones que el Ayuntamiento bermeotarra está llevando a cabo en el marco de la campaña “Nik, BermeON”, que tiene por objetivo reactivar la economía del municipio

-Las ayudas se concederán a las solicitudes que reúnan todos los requisitos establecidos en las bases publicadas en el BOB y la web del Ayuntamiento (https://url2.cl/9gFxL

-Las solicitudes se resolverán en orden de entrada en el registro general del Ayuntamiento

En Bermeo, a 13 de agosto de 2020.- El Ayuntamiento de Bermeo ha aprobado las bases de la convocatoria para la concesión directa de ayudas urgentes a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, cuyas actividades en el ámbito del comercio minorista, servicios prestados en locales abiertos al público y la hostelería quedaron suspendidas por el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. En total, el consistorio va a destinar 100.000 a conceder estas ayudas.

Esta línea de ayudas se enmarca en las acciones que el Ayuntamiento bermeotarra está llevando a cabo en el marco de la campaña “Nik, BermeON”, que tiene por objetivo reactivar la economía del municipio tras crisis ocasionada por el COVID-19. Con estos 100.000 euros en ayudas directas se busca apoyar el mantenimiento de la estabilidad económico de los comercios, servicios y hostelería en el municipio para lograr que, una vez finalizado el período de cierre temporal, se produzca la reanudación y el mantenimiento prolongado de su actividad comercial.

El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva. Las ayudas se concederán a las solicitudes que reúnan todos los requisitos establecidos en las bases publicadas en el BOB y la web del Ayuntamiento (https://url2.cl/9gFxL). Las solicitudes se resolverán en orden de entrada en el registro general del Ayuntamiento, siempre y cuando se adjunte la documentación exigida en las bases. Cada empresa podrá presentar una única solicitud por cada establecimiento.

Se considerarán actuaciones objeto de esta ayuda las cuotas del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidades profesionales obligatorias; gastos que hubiera abonado el empleador al personal adscrito con fecha 14 de marzo de 2020; gastos de arrendamiento de locales de negocio, de mantenimiento de suministros, maquinaria, instalaciones…equipamiento informático, tecnológico y formación relacionada con las nuevas

Tecnologías, asistencia experta externa para labores de desinfección, consultoría o asistencia experta externa vinculada al desarrollo, definición e implantación de soluciones de conectividad e incorporación del teletrabajo, de conciliación…; gastos correspondientes a primas de seguros de la actividad: pagos vencidos a proveedores de la actividad.

Entre los principales requisitos que deberán cumplir para poder ser beneficiarias de las ayudas son que la actividad que desarrollen como comercio minorista, sector servicios u hostelería, se haya visto afectada por el cierre obligatorio de establecimientos provocado por el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y que tengan menos de 10 trabajadores/as.

17 / 08 / 2020

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